viernes, 19 de junio de 2009

Por un cambio en el sistema de propiedad

por: Juan José Garrido Koechlin.
Los recientes acontecimientos, trágicos en todo sentido, han producido una plétora de acusaciones, explicaciones y sofismas de uno y otro lado, carentes de una solución al problema central de los pobladores de la Selva y, para tal caso, de la Costa y Sierra: nuestro sistema de propiedad.
A diferencia de otros países donde la propiedad se adquiere bajo el concepto de "apropiación original" –Homestead Principle- y donde el propietario es dueño tanto del suelo como del subsuelo -y los aires que esté en capacidad de usar-, en el Perú la propiedad está reglamentada en la Constitución (art. 66) bajo el principio estatista donde quien adueña el subsuelo y –por lo tanto- determina los fines de dicha riqueza, es el estado.
Esto, que para algunos será anecdótico, es lo que diferencia a un tejano de un piurano o pucalpino: si el primero encuentra petróleo en sus tierras, es capaz de enriquecerse a partir de negociar -o explotar directamente- dicho recurso; por el contrario, si eso ocurriese en el Perú, el estado removería a los pobladores de la zona para concesionarla posteriormente, dado que es él quien apropia el subsuelo
El principio de "apropiación original" –proveniente de Locke-, establece que “la colonización y transformación pacífica es la condición para que un recurso que no tiene dueño se convierta en propiedad legítima; cualquier recurso que no haya sido "mezclado" con el trabajo de alguien, o que haya sido abandonado por su anterior propietario, es considerado como recurso sin dueño. La primera persona que "mezcle" su trabajo con el recurso se convierte en su propietario legítimo. Una vez que un recurso se ha convertido en propiedad legítima de un individuo, la única manera justa en que la propiedad puede ser transferida a otra persona, de acuerdo al principio de libertad individual, es a través del intercambio voluntario o por medio de donaciones".
El problema central no es pues, como algunos plantean, la inadecuada distribución de la riqueza, sino los principios de propiedad que rigen las vidas de los peruanos. Por ello, debemos establecer éste principio -otorgar propiedad real sobre las tierras y sobre los frutos de la misma- por dos motivos: porque es lo moral y porque es la única forma que los pueblos tienen de obtener una real capacidad de desarrollo. Si a ello sumamos bajos costos de transacción, se producirá necesariamente una reasignación de los derechos de propiedad establecidos hacia aquellos que los valoren en mejor medida (el Teorema de Coase), beneficiando así a todos los peruanos

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